| MERCEDES(B),
mayo de 2008.-
Compañero Secretario
SECCIONAL.------------
Ref.: SECRETARIA DE ORGANIZ.
E INTERIOR
Afiliados en condiciones de
integrar listas.
Estimado compañero:
Nos dirigimos a Ud. y por su
intermedio a los compañeros de la Junta Electoral Seccional, a
efectos de recordar lo especificado en el Art. 74 de nuestro
Estatuto, el cual dice lo siguiente:
Artículo 74): Son requisitos
indispensables para ser miembro de Comisiones Directivas
Seccionales: tener una antiguedad mínima consecutiva de
veinticuatro (24) meses como afiliado, ser mayor de edad,
haberse desempeñado en la actividad laboral durante los dos
(2) años inmediatos anteriores a la elección.-
El setenta y cinco por ciento
(75%) de los cargos directivos y representativos, deberá ser
desempeñado por ciudadanos argentinos. El titular del cargo de
mayor jerarquía y su reemplazante estatutario, deberán ser
ciudadanos argentinos.-
Para el caso de las
Seccionales nuevas, no regirá el requisito de antiguedad
mínima consecutiva de veinticuatro (24) meses como afiliado y
de dos (2) años de desempeño en la actividad laboral.-
Sin otro particular,
saludamos a Ud. con la mayor estima de Trabajadores.-
POR EL SINDICATO DE LUZ Y
FUERZA DE MERCEDES(B)
RAFAEL D´ANGELO
GUILLERMO MOSER
Srio. de Organización e Interior
Secretario General |