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COMISION CENTRAL DE JUBILADOS
Presidente:
Cro. Ricardo ZARO (Junín -
Bs. As.)
Vicepresidente:
Cro. Abel CESTARI (Mercedes - Bs. As.)
Secretario:
Cro. Silvio FERREYRA (Villa Mercedes - San Luis)
Vocal Titular:
Cro. Aurelio GIUDI (Gral. Pico - La Pampa)
Vocal Titular:
Cro. Domingo DANGELO (Chivilcoy - Bs. As.)
Vocal Suplente:
Cro. Angel MORALES (Concordia - Entre Ríos)
Vocal Suplente:
Cro. Rómulo BOLDRINI (Necochea - Bs. As.)
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Con voz y voto. Con trabajo y militancia.
A partir de la conformación de la
Comisión Central de Jubilados con su respectivo marco estatutario,
se inicia un proceso de plena participación de los jubilados en la
vida de la Organización. De esta manera se profundiza una vieja
tradición de Luz y Fuerza.
El nuevo marco estatutario consigna en
su Capítulo XVI, Artículo 43: "La Comisión Central de Jubilados es
un órgano de Colaboración de Comisión Directiva Central, estará
integrada por cinco (5) miembros titulares y dos (2) suplentes, los
que serán elegidos en Asamblea de Representantes de los
Triunviratos..." Así mismo, estos Triunviratos Seccionales son
elegidos en Asamblea "mediante voto secreto" de los afiliados
jubilados de cada Seccional que tenga 10 o más compañeros pasivos.
Tal como debe ser, desde las bases.
La función específica que el Estatuto
les asigna es la de colaborar con la Secretaría de Previsión Social
y Actas en "todo lo atinente a los reclamos generales de Caja
Compensadora, tramitación ante las Cajas de Jubilaciones y
seguimiento de los mismos"; y con la Secretaría de Servicios
Sociales y Turismo en "todo lo atinente a los reclamos generales,
Colonias de Vacaciones y trámites en general de dicha Secretaría,
que involucren a jubilados y/o pensionados y el seguimiento de
dichos trámites." (Artículo 43, Inciso b). Participando de las
reuniones de Comisión Directiva Central, "con voz, cuando se traten
temas inherentes a los mismos."
Pero aquí no se agota la participación
orgánica. El Art. 45, Inciso d del Estatuto establece: "Cuando una
Asamblea General de Delegados Seccionales deba tratar un problema
relacionado con los jubilados, Comisión Directiva Central, con
antelación, llamará a una Asamblea de los Representantes de los
Triunviratos (Seccionales), uno por cada uno de ellas, para que
entre todos elijan sus representantes para asistir a la Asamblea
General de Delegadps Seccionales y participar en el tratamiento del
tema, relacionado con sus intereses, con voz y voto."
Desde luego que un encuadre
estatutario no garantiza nada. Es importante. Pero sólo fija
derechos y obligaciones. Por detrás de la norma ha estado el trabajo
y el espíritu militante que han puesto de manifiesto los jubilados
de la Organización, transformándose en un verdadero ejemplo para
todos los compañeros activos.
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